¿Qué es la Asamblea General de Delegados de Coopeguanacaste?
Es la autoridad máxima de dirección de la cooperativa, sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales, estatutarias y reglamentarias.
¿Qué significa ser delegado propietario de Coopeguanacaste?
Es la persona que eligen los asociados para que los represente con voz y voto en la Asamblea General de Delegados que se realiza anualmente.
¿Qué significa ser delegado suplente de Coopeguanacaste?
Persona en quien se delega la posibilidad de sustituir al delegado propietario en la Asamblea General de Delegados.
Los delegados se eligen cada tres años.
¿Cuáles son los órganos administrativos y de fiscalización de Coopeguanacaste?
¿Qué significa ser asociado de Coopeguanacaste?
Es una persona física o jurídica que de manera libre y voluntaria decide vincularse a la cooperativa, asumiendo un compromiso a través del pago de los aportes sociales y la participación democrática en los destinos de la organización.
¿Un asociado puede renunciar?
Sí. Un asociado puede retirarse voluntariamente de la cooperativa presentando su renuncia por escrito al Consejo de Administración, el cual tiene un plazo de 30 días para conocer y resolver.
¿Cuándo un asociado fallece?
En caso de fallecer un asociado, los aportes de capital, excedentes e intereses serán entregados al beneficiario o las personas que demuestran tener derecho legal.
¿Un asociado que renuncia tiene derecho a la devolución de aportes, excedentes e intereses?
El asociado que se retire o que sea excluido por cualquier causa conservará sus derechos a los excedentes e intereses del ejercicio económico en curso de su retiro.
¿Puede amonestarse a un asociado?
Sí. Se consideran causa de amonestación cuando se emiten comentarios que dañen la imagen de la cooperativa y por comportamientos irrespetuosos cuando se esté en actividades oficiales.